OFICIALIZAN LA DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD Y BIENESTAR ANIMAL

Por medio de la firma de un decreto presidencial, se dio autoridad a la Dirección Nacional de Salud y Bienestar Animal, conforme lo dicta la ley.

Esta mañana participamos de la posesiónde cargo de la Dirección Nacional de Salud y Bienestar Animal, autoridad creada conforme a la Ley 4840/13 de Bienestar Animal la cual regula la protección de los animales domésticos, silvestres y exóticos en cautividad.

La intención de la nueva dirección es trabajar conjuntamente con las municipalidades y gobernaciones en pos de la protección de los animales, principalmente domésticos.

Desde esta concejalía hemos impulsado la Ordenanza Nº 27/16  de Protección Animal, la cual se enmarca a la misma Ley 4840/13. Dicha ordenanza establece una escala de faltas leves, graves y muy graves que se aplicarán a los propietarios que ignoren los alcances de la normativa municipal.

En el primer caso, la sanción es de 5 a 10 jornales mínimos, es decir, entre G. 421.700 y 843.400. En esto se considera no disponer de archivos o fichas clínicas de animales, su venta o donación a menores de 18 años sin autorización de quienes tengan su patria potestad, entre otros.

Para aquellos considerados graves, la multa oscilará entre los 11 y 20 jornales, es decir, entre G. 927.740 y 1.686.800. En este punto se castiga la posesión de especies peligrosas sin autorización, tenencia de animales sin la alimentación adecuada o en instalaciones inadecuadas, la no vacunación, entre otros.